Titulización de la propiedad intelectual y los activos intangibles: convertir los derechos en activos financiables.

La titulización de propiedad intelectual convierte los derechos y los ingresos que generan en un título de valor. Los derechos, o el flujo de regalías que producen, se incorporan a un compartimento que la legislación luxemburguesa aísla de cualquier otra operación, y el título emitido a partir de él, con su propio código ISIN, se respalda con los ingresos por licencias contratados.

La propiedad intelectual suele ser el activo más valioso de una empresa y, al mismo tiempo, el menos financiable. MTCM crea un compartimento, aislado dentro de una de sus seis entidades con fines específicos (SPV) de Luxemburgo, para los derechos o para los ingresos que estos se comprometen a generar; el título emitido sobre ellos cuenta con su propio código ISIN. El compartimento puede albergar los propios derechos o únicamente el derecho a percibir los ingresos por licencias, mientras que la titularidad permanece donde está. El compartimento se rige por la Ley de Titulización de Luxemburgo, de 22 de marzo de 2004; al estar protegido frente a la quiebra, aísla los derechos de la insolvencia del propietario. La plataforma cuenta con el asesoramiento jurídico de GSK Stockmann, mientras que PwC y Atwell se encargan de su auditoría.

ISIN propio

Se mantiene en custodia, se transfiere o se cotiza como cualquier otro valor.

Destinado exclusivamente a

Separada por ley de todas las demás transacciones de la plataforma.

A prueba de quiebras

La protección funciona en ambos sentidos.

Fuera de balance

La exposición deja de figurar en el balance del originador.

¿Qué se puede estructurar?

Derechos sobre marcas y marcas registradas

Los nombres, las marcas y la identidad comercial, así como los ingresos por licencias que generan.

Patentes

Las patentes concedidas y los acuerdos de licencia basados en ellas.

Catálogos musicales

Los derechos de edición y de grabación, así como los ingresos por derechos de autor asociados a ellos.

Derechos cinematográficos y televisivos

Derechos de distribución y explotación sobre las producciones seleccionadas.

Derechos de publicación

Derechos sobre libros, revistas y catálogos con ingresos por regalías ya contratados.

Software y código fuente

Productos de software con licencia y los ingresos derivados de las licencias vigentes.

Conocimientos técnicos y secretos comerciales

Procesos y formulaciones documentados sujetos a confidencialidad y licencia.

Derechos de franquicia

Derechos derivados de los contratos de franquicia, incluido el uso de la marca y las cuotas del sistema.

Nombres de dominio y propiedad digital

Dominios, plataformas y activos digitales cuya titularidad está documentada.

Derechos de imagen y de personalidad

Derechos de uso contratados, siempre que sean transferibles con arreglo a la legislación aplicable.

Preguntas frecuentes.

¿Qué es la titulización de la propiedad intelectual?

La titulización de propiedad intelectual consiste en convertir derechos, o los ingresos que estos generan, en un valor. Una entidad con fines específicos (SPV) de Luxemburgo incorpora dichos derechos, o el flujo de regalías, a un compartimento separado del resto de sus activos, y emite un título con su propio código ISIN, respaldado por los ingresos por licencias contratados.

No. El compartimento solo puede asumir el derecho a percibir los ingresos, dejando en manos del propietario el registro, el control y la ejecución. La cuestión de si se ceden los propios derechos es una decisión de estructuración que se toma desde el principio.

Marcas registradas y comerciales, patentes, catálogos musicales, derechos cinematográficos y televisivos, derechos de edición, licencias de software, conocimientos técnicos, derechos de franquicia, dominios y propiedad digital, así como derechos de imagen contratados, siempre que la legislación aplicable permita su cesión.

La cadena de titularidad en los territorios pertinentes, el estado de registro y renovación, los acuerdos de licencia que generan los ingresos, el historial de cobros y cualquier cesión previa o garantía ya constituida sobre los derechos.

Las consecuencias se establecen en las condiciones del prospecto en el momento de la constitución del compartimento, incluyendo cómo se gestiona en la información financiera y qué hace el compartimento con cualquier licencia de sustitución. Los derechos de rescisión se revisan como parte del proceso de diligencia debida.

Los titulares de derechos y propietarios de catálogos que buscan capital sin vender, los propietarios de marcas que obtienen financiación a partir de los ingresos por licencias, y las oficinas familiares y los gestores de patrimonios que desean invertir en regalías en un formato apto para su custodia.

De la idea a la redención.

  1. Idea. Hacemos un inventario de los derechos, las licencias ya vigentes y los territorios en los que están registrados.
  2. Estructuración. El compartimento está diseñado para determinar si gestiona los derechos o únicamente los rendimientos, además del plazo y las condiciones del título.
  3. ISIN. Se emite un título para el compartimento, que recibe su propio código ISIN.
  4. Auditorías. La auditoría del compartimento corre a cargo de PwC y Atwell, y se revisan el registro, la cadena de titularidad y los contratos de licencia.
  5. Informes. Presentación de informes periódicos a los titulares de bonos sobre el cobro de regalías según el calendario acordado.
  6. Pagos. Los ingresos por derechos de autor y licencias que recibe el compartimento se gestionan y se transfieren sin retención.
  7. Amortización. El título se amortiza al final de su plazo, o cuando se ejercen los derechos, y el compartimento se cierra.
Cúpula facetada vista desde el interior de un espacio radial — titulización de activos intangibles

Ceder los derechos o solo los ingresos.

Derechos transferidos al compartimentoSolo los ingresos asignados
¿Quién es el titular registrado?El compartimentoEl autor
¿Quién puede tomar medidas contra las infracciones?El departamento, o el emisor por mandatoEl autor
Qué se examina en la auditoríaHistorial de titularidad y registrosLos contratos de licencia y el historial de pagos
Uso habitualUna venta sin complicaciones de un catálogoFinanciación sin ceder el control de la marca

Diligencia en materia de regalías.

  • Historial de titularidad desde su constitución hasta el propietario actual, en todos los territorios relevantes.
  • Situación del registro de los derechos y fechas de renovación en caso de que caduque el registro.
  • Los contratos de licencia que generan los ingresos, su vigencia y los derechos de rescisión.
  • Historial de cobros y qué entidades de gestión colectiva o agentes intervienen en la cadena de pagos.
  • Cualquier gravamen, cesión previa o garantía ya constituida sobre los derechos.
  • Cobertura territorial y los casos en los que los derechos no están protegidos o ya se han concedido licencias exclusivas.

¿Por qué estructurar el arte, la propiedad intelectual y los activos intangibles a través de un compartimento?

  • Los derechos pasan a ser financiables. El título cuenta con un código ISIN, por lo que los inversores que no puedan poseer los derechos directamente pueden mantener una exposición a la propiedad intelectual.
  • La titularidad puede permanecer donde está. El fondo solo puede gestionar el flujo de ingresos, dejando el registro y el control en manos del propietario.
  • Separados por ley. Cada conjunto de derechos tiene su propio ámbito, sin ningún vínculo jurídico con el resto.
  • Amortización adaptada a las licencias. El perfil del pagaré se basa en las fechas de vencimiento de los pagos de regalías contratados.
  • Fuera de balance. Una vez titulizados, los derechos ya no figuran en el balance de la entidad originadora.

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